Los reinados de Felipe III y Felipe IV han sido tradicionalmente presa de la crítica histórica. Al parecer ambos monarcas tenían marcadas preferencias por las actividades lúdicas y solían abandonar las responsabilidades propias de su función. A pesar de ello durante aquel período España alcanzó su máxima extensión territorial y desarrollo cultural, dando lugar al "Siglo de Oro Español".
La configuración de un estilo artístico y cultural se convirtió en una herramienta en el intento por cohesionar el extenso territorio. Por otra parte Italia y Francia se imponían como los dos bastiones estilísticos a los cuales imitar y España crecía recibiendo influencias de cada región con la que tomaba contacto.
La danza, no sólo representó en el ámbito cortesano una actividad recreativa sino que determinaba un espacio donde se ponían en juego los roles, se demostraban valores y se manifestaba un estilo.
Durante el reinado de Felipe IV, en 1642, se publicó la primera fuente importante en español referente a la danza , Discursos sobre el arte del dançado de Juan Esquivel Navarro. Por otra parte fue este rey quien promovió la aparición de nuevos estilos escénicos en los cuales la danza o la música ocupaban lugares centrales.
Felipe IV llegó a componer obras literarias, musicales y pictóricas. Toda su producción la escondía en el Real Alcázar de Madrid para evitar recibir la dura crítica de aquellos a quien él consideraba los más hábiles en cada arte. Por desgracia, el incendio del edificio a mediados del siglo XVIII ha hecho desaparecer una importante cantidad de obras de arte y libros pertenecientes al monarca y que formaban parte de su colección personal. A pesar de esta lamentable situación las crónicas y comentarios nos dejan constancia de las habilidades artísticas de Felipe IV y del interés que demostró en fomentar su desarrollo. En su tratado Esquivel menciona la destreza del monarca como bailarín en relación a otros de su tiempo. El maestro principal del rey fue Antonio de Almeda, maestro también de Juan de Esquivel Navarro.
Conociendo la gran afición que las cortes Peninsulares tenían por las danzas, es un poco difícil imaginar que no existiera un tratado de danzas en lengua castellana anterior al de Navarro. El autor, en la dedicatoria de su tratado se refiere del siguiente modo:
"...El trabajo y cuidado posible he puesto en escribirlo, acertarlo a hacer ha sido mi pretensión: el lograrlo es dificultoso, pero cuando haya errado, no en todo, porque es fuerza concederme el acierto de dirigirlo a V.S. A quien publico se digne de ampararlo, por quien es, y porque es el primer Tratado que desta materia se escribe, y yo el primero que lo pone en ejecución, y que mas desea servir a V.S..."
Felipe III había sido un apasionado por las artes y la danza y podemos constatarlo en una fuente editada en Milán en 1604 Nuove inventioni de balli Negri. El tratado fue dedicado a Felipe III pero la lengua en la que se escribió fue el italiano. Sin embargo no hemos encontrado tratados comparables con otros europeos escritos en la misma época o anteriores que fueran escritos en alguna de las lenguas peninsulares.
Felipe IV de caza - Velázquez
Esquivel Navarro debía conocer la existencia de tratados en la materia escritos en otras lenguas por lo que hemos de suponer que cuando manifestaba que su escrito era "el primero en esta ciencia" se refería a tratados escritos en lengua castellana.
Nosotros hoy podemos decir que las fuentes sobre danza previas al escrito de Esquivel Navarro son escasas y quizás bastante alejadas estéticamente del período al que nos referimos. A pesar de su carácter meramente descriptivo (sin música ni coreografías) estas fuentes representan el indicio de la tradición coreológica en la zona ibérica:
Manuscrito de Cervera (c. 1468): compuesto únicamente de dos hojas con esquemas coreográficos de la basse dance
La crianza y virtuosa doctrina (Pedro Gracia Dei 1486)
Reglas de danzar (anónimo del siglo XVI)
Manuscrito del Hospital (anónimo SXVI) escrito en catalán,
Tanto en Italia como en Francia se habían publicado varios tratados en la temática antes de 1642:
De arte Saltendi et Choreas Ducendi (Domenico da Piacenza - 1416)
Pratica seu arte tripudii (Guglielmo Ebreo - 1463)
De pratica seu arte tripudii (Ambrosio 1471 -1474)
Arte del Danzare (Antonio Cornazano da Piacenza -1455)
La Gratia d'amore (Negri -1602)
Il ballarino (Caroso -1581)
Nobilità di dame (Caroso -1600).
Orchesographie (Toinot Arbeau - 1588)
Un caso especialmente interesante fue el tratado de Antonius de Arena publicado en 1520 en Avignon , Ad suos compagiones studiantes, escrito en latín. Hay muy pocas fuentes teóricas de danza en latín; el objeto de los escritos teóricos sobre danza hacia más oportuno su redacción en las diferentes lenguas romance. Excepcionalmente se escribían en latín en los casos en que los tratados estaban destinados a danzas que se interpretaban en espacios religiosos.
Es posible que hasta 1642 no se considerara necesario escribir un tratado sobre la danza quizás porque nadie consideró que estuviera transgrediéndose la práctica normal. Los tratados solían aparecer con el objetivo de corregir los vicios que surgían en el desempeño de una determinada disciplina. El procedimiento frecuente de aprendizaje implicaba la presencia de un maestro que asistía a sus discípulos y otorgaba a estos lo que él considerase necesario sobre la temática que impartía. Difícilmente se redactaría un tratado sobre una materia de dominio común a no ser que, como decíamos, el autor del tratado considerara que la práctica estuviera desvirtuándose.
Los tratados de danza de los siglos XVI y XVII aluden frecuentemente a las "malas costumbres" de algunos intérpretes o bailarines y manifiestan la imperiosa necesidad de regular la práctica mediante un manual que recuerde a sus usuarios las correctas maneras. El tratado de Esquivel Navarro no es distinto. Navarro escribió su tratado para denunciar el "mal hacer" de algunos que, en su tiempo, se hacían llamar "maestros de danza" sin merecer dicho calificativo. Su tratado es, más que un tratado de danzas en sí, un leccionario destinado a maestros de danza.
También es factible que el material teórico disponible en otras lenguas fuera suficiente. En los reinos europeos del siglo XVII no representaba un problema de peso poder comunicarse con individuos de lenguas distintas. A menudo solían sostenerse conversaciones en las cuales los interlocutores hablaban en diferentes idiomas y se comprendían a la perfección. Al menos en el ámbito cortesano era común encontrar personas de orígenes diversos y esto posibilitaba la asistencia de traductores en el caso de ser necesario.
Cabe la posibilidad de que no se hubiera planteado la necesidad de escribir un tratado en español simplemente porque era suficiente con los que podían estar al alcance. Como decíamos antes, Felipe III tuvo un ejemplar del tratado de Negri que probablemente permaneció en la biblioteca de su sucesor en los años siguientes y que, de ser necesario, hubiera contado con los medios para comprender su contenido.
Portada del tratado de Negri: Nuove inventioni de balli
La prueba más fehaciente de la intensa actividad en relación a la danza durante los siglos XVI y XVII es la proliferación de colecciones de música instrumental compuestas a este fin. Los instrumentos se encontraban en permanente transformación, la vihuela empezaba a reemplazarse por la guitarra de cinco cuerdas y los instrumentos de cuerda pulsada habían adquirido un sistema de notación por cifras. Para explicar el funcionamiento de estos sistemas de notación se generaron manuales que exponían el modo de utilizarlos.
Hasta entonces seguían siendo útiles los manuales de vihuela del siglo XVI de Luis de Milán (1535), Luis de Narváez (1538), Alonso de Mudarra (1546), Enrique Valderrábano (1547) y Diego Pisador (1552). En todos ellos encontramos danzas que, si bien pasadas de moda, como comentaba Navarro, no dejaban de practicarse. Aunque publicado después de finalizar el reinado de Felipe IV, el tratado de Gaspar Sanz Instrucción de Música sobre la Guitarra Española, (Zaragoza, 1674) contiene una importante cantidad de danzas que, sin duda corresponden al período del reinado de Felipe IV. Los dos primeros libros de este tratado fueron dedicados a Juan de Austria (hijo de Felipe) y el tercero a Carlos II.
Pero además de los manuales técnicos de ejecución instrumental, se editaron colecciones de música. Felipe IV en un Real decreto del año 1639 menciona a su maestro de danzas (también maestro de Esquivel Navarro) y a unos libros de música con danzas:
A Antonio de Almeda, he hecho merced de la plaza de maestro de danzar de la Reina, con calidad que han de servir de él y Manuel Frías, igualmente que uno al otro se comunicarán los libros donde están las danzas que se practican en palacio con uniformidad: en esta forma se dispondrá la ejecución, y a Almeda se le asentarán los gajes y racio que le tocare por razón de dicha plaza.
Resultará difícil elucidar a qué libros se refería el monarca dado que probablemente se perdieron en el incendio del Real Alcázar de Madrid, sin embargo conocemos algunos compositores tañedores de vihuela, arpa o guitarra de la época que pudieron circular en su entorno. Además de los músicos de capilla, tenía a su servicio músicos de cámara encargados de la composición de tonos humanos, música escénica y danzas. Entre ellos estuvieron Mateo Romero y Juan Blas de Castro, vihuelista de la corte, que dejó una gran producción musical. Tras su muerte toda su obra fue almacenada en el Alcázar.
Pero ¿cómo y dónde se aprendía a danzar? Esquivel Navarro habla ya en su tiempo de dos tipologías de maestro perfectamente consolidados: el maestro de corte y el maestro de ciudad. Alude también a una tercera categoría que, conforme a su criterio, por no poseer escuela ni haberse formado en una no merece mención.
Estos detalles los comentaremos en la próxima sección.

Qué detallado y completo trabajo de investigación sobre esta temática tan específica.
Realmente me resultan muy interesantes y de un gran aporte tus post, porque son temáticas específicias que quienes no nos dedicamos a la música de lleno, es poco probable que podamos hallar con facilidad.
Gracias por acercarnos estos datos.
Seguiré leyéndote porque son sumamente interesantes, completos y producen un enorme placer recorrerlos e informarse.
Muchas gracias SILARK. Me consta tu seguimiento y tus apreciaciones siempren son de gran aporte. Espero seguir incorporando artículos relacionados.
Permíteme Palyndrome, con todo el cariño te hago una aportación en torno al vacío tratadístico que planteas.
En el año 1630 se publicó en Madrid el tratado de C. Negri traducido en castellano.
Esto se realizó por mandato del Conde Duque de San Lucar y es una fuente interesantísima que demuestra que desde la publicación del tratado en lengua italiana en 1604 hasta entonces, en España la tradición italiana era la línea técnica a seguir.
Los pasos que aparecen en Esquivel son una progresión lógica a partir de Negri.
El tratado lo encuentras en la BN bajo la signatura Mss 14085
Estimada Eva agradezco tu comentario ya que desconocía que el tratado de Negri hubiera sido traducido al castellano en esos años. En todo caso, tal como afirmas, parece ser evidente que los modelos estéticos y técnicos que se tomaban eran el italiano y el francés. Pero no deja de ser curioso que las danzas hispanas no aparecieran tratadas sino tangencialmente hasta la aparición del tratado de Esquivel.
Hay otras evidencias que demuestran cómo posteriormente también Francia fue el referente y representó la línea técnica y estética a seguir en la Península.
Encontramos un siglo más tarde, hacia 1735, un tratado escrito por Pablo Minguet e Irol que se titula "Arte de danzar a la francesa, adornado con quarenta figuras, que enseñan el modo de hacer todos los diferentes passos de la danza del minuete, con todas sus reglas...". En este caso se incluye una sección destinada a exponer el modo de danzar a la francesa pero no fue hasta treinta años más tarde que el mismo autor publicó un tratado específico de danza española "Breve tratado de los passos del danzar a la española que oy se estilan en las seguidillas, el fandango y otros tañidos".
Antes del segundo tratado de Irol, en 1745, aparece un tratado de Ferriol y Boxeraus: "“Reglas útiles para los aficionados a danzar. Provechoso divertimento de los qve gustan tocar instrvmentos. Y polyticas advertencias á todo genero de personas. Adornado con varias Laminas. A la S. M. del Rey de las dos Sicilias, & su author D. Bartholome Ferriol y Boxeraus, unico Authòr en este Idioma de todos diferentes Passos de la Dansa Francesa, con su Brazèo correspondiente...". En este tratado el autor analizó las danzas que por entonces se interpretaban en francia, tradujo sus términos y estableció pautas de buenas costumbres al modo francés.
Es un verdadero placer seguir descubriendo nuevas pautas que nos ayuden a reconstruir las condiciones de representación de las danzas hispánicas.
Muchas gracias nuevamente por tu aporte.
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